Hernández Mateo ha recordado que las condiciones necesarias para ser beneficiario de estas ayudas municipales iniciadas en el año 1999 para aquellas parejas que contrajeron matrimonio y adquirieron una vivienda en la localidad donde fijar su residencia habitual, son: estar empadronado uno de los dos cónyuges, por lo menos, en el Municipio de Torrevieja durante los dos últimos años, y ambos en el momento de presentar la solicitud. Asimismo no podrán tener otras viviendas a su nombre, acreditándose con certificado del Registro de la Propiedad expedido para ambos cónyuges y declaración jurada. No podrán vender la vivienda en un plazo de 5 años y deberán destinarla a vivienda habitual durante el mismo periodo, y por último, haber contraído matrimonio durante el año 2006 (por cualquier rito o culto legal), acreditándose con Partida de Matrimonio expedida por el correspondiente Registro Civil o fotocopia compulsada del Libro de Familia.
En la entrega de solicitudes deben presentar también el contrato de compra o escritura pública de la vivienda, y si no han adquirido la vivienda deberán presentar justificantes que acrediten la construcción por su cuenta de dicha vivienda y que es propiedad de los solicitantes. El alcalde de Torrevieja ha recordado por último, que en el año 2005 se concedieron un total de 147 ayudas a matrimonios, por valor de 441.000 euros.