A lo largo de la presente semana , el Ayuntamiento de Torrevieja hará entrega de un total de 600 nuevas ayudas municipales a jubilados y pensionistas, todas ellas correspondientes a las solicitudes del pasado año 2008, por un importe total de 180.000 euros. Esta misma mañana el alcalde de la ciudad Pedro Hernández Mateo junto con la concejal de Bienestar Social, María Dolores Canales, han hecho entrega de 150 de estas ayudas.
Hernández Mateo ha recordado que en el pasado año 2007 la Concejalía de Bienestar Social Igualdad y Tercera Edad contabilizó alrededor de 5.000 solicitudes de estas ayudas municipales, de las cuales más de 3.000 fueron finalmente otorgadas.
A estas ayudas pioneras en nuestro país, pueden optar todos aquellos pensionistas que cumplan los requisitos exigidos, entre los que se encuentran: ser preceptor de una pensión por Jubilación, Viudedad, Orfandad, a favor de Familiares o Incapacidad Permanente. También pueden solicitar estas ayudas quienes sean mayores de 60 años, acreditar la separación matrimonial, y aunque no sea pensionista perciba una pensión de carácter compensatorio a cargo de su ex-cónyuge, careciendo por tanto de otros ingresos propios.
Además, es requisito indispensable figurar en el Padrón Municipal de Habitantes un mínimo de 2 años inmediatamente anteriores a la presentación de la solicitud. No percibir el solicitante ingresos económicos superiores a 1´5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples vigente en el año 2008, esto es, un importe de 10.854´90 euros anuales.
También entre los requisitos exigidos se encuentran no disponer el solicitante de bienes. A estos efectos no se contabiliza la vivienda habitual y una plaza de garaje, siempre previa acreditación. Sólo se concede a un solicitante dentro de cada unidad de convivencia. En caso de fallecimiento del solicitante con anterioridad a recibir la notificación de la resolución de la solicitud presentada, podrá percibir esta ayuda de pago único para el ejercicio 2008, el cónyuge o viudo/a, siempre que los ingresos de este último no superen el límite establecido en el punto 3 del Bando Municipal.