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Sociedad     Martes, 24 de Marzo de 2009

Aprobados Reglamentos De La Bolsa De Trabajo Y De 2º Actividad Policia Local

El pasado viernes ya se lo avanzábamos y hoy les ofrecemos más detalles al respecto de la aprobación definitiva de los nuevos reglamentos de la bolsa de trabajo y de segunda actividadd para la policia local. Según ha destacado el concejal de recursos humanos, Jose Antonio Sanchez, esto ha sido posible gracias al consenso y buen clima laboral con los empleados municipales.

El concejal de Personal y RR. HH. indica que la segunda actividad es una situación administrativa especial de los funcionarios de la Policía Local del Ayuntamiento de Torrevieja, y tiene por objeto fundamental garantizar una adecuada aptitud psicofísica mientras permanezcan en activo, asegurando la eficacia del servicio. Pasarán a esta situación los agentes del cuerpo de la policía que al cumplir la edad de 55 años así lo soliciten, o aquellos que vean disminuidas sus aptitudes psicofísicas para el desempeño de las normales funciones que tienen encomendadas, pasando a desempeñar sus funciones en un segundo puesto de trabajo en el consistorio.

Por otro lado se procedió por parte del Departamento de Personal a la elaboración de un Reglamento de Bolsa de Trabajo con el que, preservando los principios constitucionales de Igualdad, Mérito y Capacidad, se dote al ayuntamiento de un instrumento ágil y eficaz para la cobertura de las plazas vacantes que se produzcan en la plantilla municipal.
En la elaboración de este Reglamento, así como en los mecanismos de selección y baremación, han participado activamente los representantes de los trabajadores municipales.

Asimismo, en Mesa Negociadora celebrada la pasada semana, se aprobaba por unanimidad: la oferta de Empleo Público de 2009, el protocolo sobre el Mobbing, el Comité de Dirección y el protocolo de funcionamiento de la Comisión de Formación del Ayuntamiento de Torrevieja.

El Comité de Dirección se crea como elemento de apoyo a la gestión administrativa de recursos humanos, discutiendo y debatiendo en su seno los proyectos de gestión para luego elevarlos a los órganos competentes con las ventajas que supone que todos los miembros del Comité sea personal cualificado y con grandes conocimientos de la empresa.
Por su parte el protocolo de funcionamiento de la Comisión de formación del ayuntamiento debe impulsar la formación de su personal con el objetivo de transformar y mejorar la organización y se crea como órgano responsable de la programación y gestión de actividades formativas.



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